NACIÓN
Sr. Director:
El preámbulo de la Constitución Española de 1978 dice:
“La Nación española,
deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien
de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:
Proteger a todos los
españoles y pueblos de España, en el ejercicio de los derechos humanos, sus
culturas y tradiciones, lenguas e instituciones. ”
Se puede leer en el Título Preliminar:
1.-1 “España se constituye
en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores
superiores de su ordenamiento jurídico, la libertad, la justicia, la igualdad y
el pluralismo político.
1. -
2 La soberanía nacional reside en el pueblo español del que emanan los poderes
del Estado. ”
Esto es lo que tenemos; una Nación, llamada España, que
se constituye en Estado social y democrático de Derecho. La soberanía nacional
reside en el pueblo español que proclama su voluntad de: proteger a todos los
españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus
culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
En el apartado 2 del título preliminar señala:
2. -
“La Constitución se fundamenta en la indisolubilidad de la Nación española,
patria común e indivisible de todos los españoles y reconoce y garantiza el derecho
a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la
solidaridad entre todas ellas. ”
Este es el marco en que estamos todos encuadrados y en
el Capítulo segundo: Derechos y Libertades advierte.
\A.-Los españoles son iguales ante la ley,
sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza,
sexo, religión, opinión o cualquiera otra condición o circunstancia personal o
social. "
¿Podría haber más naciones que la española? ¿Puede
haber una Nación vasca, una Nación catalana, una Nación castellana... ?
Naturalmente que sí y lo mismo podrían denominarse estados, Estado vasco,
catalán o castellano.
¿Porqué, entonces tanto alboroto por que el proyecto de
Estatuto de Cataluña diga que Cataluña es una Nación?
Por dos razones fundamentales; la primera, porque en el
cuadro constitucional en que estamos metidos no figura Cataluña, ni ninguna
otra Comunidad autónoma como Nación, y la segunda razón y más importante porque
el proyecto de estatuto catalán consagra la singularidad de Cataluña, este es
el motivo fundamental que atenta contra el derecho reconocido en la
Constitución que señala, que “Los españoles son
iguales ante la ley. ”
Aun siendo uno partidario del
Estado federal, no puede permitir un Estado federal asimétrico. Esta era la
propuesta del Sr. Maragall tiempo ha. El Federalismo asimétrico va de la mano
del Nacionalismo y estos conducen a ignorar el momento presente y la historia
basando fundamentalmente los derechos en los derechos del pueblo y no del individuo,
los derechos de la persona están por encima de los derechos de los pueblos,
estos derechos de los pueblos, aquellos derechos de las ciudades llamados
fueros solo cabían en el antiguo régimen, cuando la democracia no existía en la
sociedad. Los fueros, por tanto pueden considerarse privilegios, que en la
etapa democrática solo se pueden mantener si los que los disfrutan no lesionan
los derechos de los demás.
Aquí encuentro yo encajan las
recientes resoluciones del Tribunal Supremo y las suspensiones del TSJPV sobre
las normas del Impuesto de Sociedades. El interés por querer blindar las leyes
que afectan al Concierto no puede deberse sino al hecho de creer que por tener
el Concierto económico te da derecho a legislar perjudicando a terceros.
El Tribunal
de la UE no puede admitir, y ahí están sus resoluciones, lo que yo he
denominado privilegios, es decir fueros y conciertos cuando estos vulneran las
normas establecidas en la UE.
Durango. 4
de Noviembre de 2005
N.B. Fue enviada al periódico El Mundo, pero no la publicaron.